La Audiencia Nacional impone el Control Horario
Una pregunta que a menudo se plantean los empresarios es si están obligados a registrar la hora de entrada y salida de los empleados. Si bien el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores dispone que dicho registro es obligatorio cuando se produzcan horas extras, una sentencia reciente de la Audiència Nacional contra BANKIA ha extendido dicha obligación al control de toda la jornada. En la demanda contra BANKIA, los representantes de los trabajadores solicitaban a la empresa el establecimiento de un sistema de registro de jornada, ya que sin él los trabajadores no podían acreditar, mediante una prueba documental, la realización de horas extras. Por su parte, BANKIA alegaba que su decisión de no implantar tal sistema se basaba en la presunción del cumplimiento estricto de la jornada por parte de los empleados, por lo que no había obligación legal que le obligase a disponer de un sistema de control horario. Sin embargo, la Audiencia consideró que la obligación de registrar la jornada solo cuando en la empresa se realizan horas extras carece de sentido, ya que para que éstas puedan contabilizarse, primero se deben contabilizar las horas pactadas, por lo que también es necesario registrar estas últimas:
Si el registro diario de la jornada solo fuera obligatorio cuando se realicen horas extraordinarias, provocaríamos un círculo vicioso (...), puesto que el presupuesto, para que las horas extraordinarias tengan dicha consideración, es que se realicen sobre la duración máxima de la jornada de trabajo (...), siendo esta la razón por la que, sin el registro diario de la jornada, sea imposible controlar la realización de horas extraordinarias.
El control horario es una herramienta de modernización de las relaciones laborales y, a partir de esta sentencia, invertir en él supone invertir también en la tranquilidad de poder responder ante una inspección de trabajo o requerimiento judicial.
¿Y tú? ¿Estás interesado en registrar la jornada de tus empleados?